AVISO PÚBLICO
LA AUTORIDAD DE VIVIENDA DE LA CIUDAD Y EL CONDADO DE DENVER
ANUNCIA LA APERTURA DE LA LISTA DE
SOLICITUDES PREVIAS DE VIVIENDA PÚBLICA
DEL 15 DE MAYO AL 26 DE MAYO DE 2026
La Autoridad de Vivienda de la Ciudad y el Condado de Denver (“DHA”) notifica que, a partir del viernes 15 de mayo de 2026 a las 12:01 a. m. hasta las 11:59 p. m. del martes 26 de mayo de 2026, las solicitudes previas para el programa de Vivienda Pública serán aceptadas sólo en línea para propiedades subsidiadas por DHA en las siguientes categorías:
- Familia: (a) Una familia con hijos (la ausencia temporal, de 90 días o menos, de un niño colocado en la familia de acogida no se tendrá en cuenta para determinar la composición de la familia y el tamaño de la familia; además, se debe proporcionar prueba de la tutela). (b) Dos o más personas que comparten residencia, con al menos una persona que tenga dieciocho (18) años y cuyos ingresos y recursos estén disponibles para satisfacer las necesidades de la familia y que estén relacionadas por sangre, matrimonio o de pleno derecho, o que evidenció una relación familiar estable durante un período de seis (6) meses.
- Familia con discapacidades: Una familia cuya cabeza, cónyuge o miembro único es una persona con discapacidad, o dos o más personas con discapacidad que viven juntas, o una o más personas con discapacidad que viven con un asistente personal residente (Live-in-Aid) o más.
- Personas no mayores con discapacidades: Una persona con una discapacidad que es menor de 62 años.
- Familia de adultos mayores: Una familia cuya cabeza, cónyuge o miembro único es una persona que tiene, al menos, 62 años, o dos o más personas que tienen, al menos, 62 años que vivan juntas, o una o más personas que tengan, al menos, 62 años que vivan con un asistente personal residente, o más.
- Personas de edad avanzada. Una persona que tenga al menos 62 años.
NOTA: LAS SOLICITUDES PREVIAS SOLO SE ACEPTARÁN EN LÍNEA.
Todas las entregas previas a la solicitud DEBEN enviarse en línea a través de internet. La oficina de la DHA en 1035 Osage Street no estará abierta para las entregas.
PARA SOLICITAR EL PROGRAMA DE VIVIENDA PÚBLICA:
Las entregas previas a la solicitud de Vivienda Pública deben enviarse en línea (a través de internet) utilizando CUALQUIER computadora o teléfono inteligente que tenga acceso a internet mediante el sitio web de la DHA en www.denverhousing.org.
La asistencia para la entrega de datos previa a la solicitud estará disponible en persona en el 1401 Mariposa St. desde el viernes 15 de mayo de 2026 a las 12:01 a. m. hasta las 11:59 p.m. del martes 26 de mayo de 2026 entre las 8:00 A.M. y las 4:00 P.M. Se excluyen los sábados, domingos y festivos. No se dispondrá de asistencia adicional para la entrega de datos una vez que se haya cerrado el plazo de aceptación de la presolicitud Para obtener asistencia para ingresar datos, llame al 720- 932-3021.
Se le pedirá que ingrese el número de Seguro Social de la cabeza de la familia y el cónyuge, así como el ingreso total de la familia y el tipo de ingreso que incluye a todos los miembros de su hogar.
SOLO SE PUEDE ENVIAR UNA ENTRADA DE COMPUTADORA por hogar. No se aceptarán múltiples entradas. Todos los campos requeridos deben ser completados. Las entradas incompletas no serán aceptadas. Imprima su página de confirmación de solicitud previa, o si no puede imprimir, guarde su número de solicitud previa en sus archivos. Necesitará este número para referencia futura. Después de enviar la solicitud previa, se le requiere que informe cualquier cambio de dirección por escrito al Departamento de Ocupación y Admisiones deDHA ubicado en el 1401 Mariposa St. Denver, CO 80204. Debe incluir su nombre, número de seguro social, número de solicitud previa y dirección correcta en este aviso.
Las presolicitudes de Vivienda Pública seguirán SIN estar disponibles para:
- Persona soltera: Una persona que vive sola o tiene la intención, de hacerlo que no es una persona mayor, una persona con discapacidad desplazada o el miembro restante de un familiar del inquilino.
- Familia: (b) Una familia sin hijos.
- Dos o más personas que compartan residencia, que tengan dieciocho (18) años y cuyos ingresos y recursos estén disponibles para satisfacer las necesidades de la familia y que estén relacionadas por sangre, matrimonio o de pleno derecho, o que evidencian una relación familiar estable durante un período de seis (6) meses.
- Miembro restante de la familia del inquilino de DHA: El miembro restante de la familia del inquilino que cumple con todos los demás criterios de elegibilidad.
- Una familia desplazada: Una familia en la que cada miembro o cuyo único miembro es una persona desplazada por acción gubernamental o una persona cuya vivienda ha sido dañada o destruida como resultado de un desastre declarado o reconocido formalmente de conformidad con las leyes federales de asistencia en casos de desastre.
- Familia de adultos casi mayores: Una familia de adultos casi mayores cuya cabeza, cónyuge o miembro único es una persona que tiene, al menos, 50 años, pero menos de 62 años, o dos o más personas que tienen, al menos, 50 años, pero menos de 62 años que viven juntas, o una o más personas que tengan, al menos, 50 pero menos de 62 años que vivan con un asistente personal residente, o más.
Las solicitudes previas de Vivienda Pública ya no serán aceptadas para ningún solicitante después del 26 de mayo de 2026 a las 11:59 p.m.
Para preguntas en general, llame al (720) 932-3021.
DHA no discrimina por motivos de raza, color, religión, sexo, discapacidad, orientación sexual, estado familiar, origen nacional o cualquier otra clase protegida en la admisión o el acceso el tratamiento el empleo en sus programas o actividades asistidas por el gobierno federal.








